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martes, 20 de marzo de 2012

Hablemos de la pepa con rigor


Julio Anguita en www.mundoobrero.es

La Constitución de 1812: católica, apostólica y romana

El día 19 de marzo se cumplen doscientos años de la proclamación de la Constitución de Cádiz, la Pepa como jocosa y popularmente se la bautizó.

Ya se está poniendo a punto la maquinaria de ditirambos, loas, valoraciones encomiásticas y falsificaciones edulcoradas propias del discurso oficial. La Constitución de 1812 va a ser presentada como el no va más allá de la democracia hispánica. A fin de que los lectores tengan una orientación que les sirva para adentrarse en lecturas sobre el tema, expongo ante ellos una serie de consideraciones y datos históricos que le ayuden en su cometido.

La Constitución francesa de 1793 ha sido -y es- el referente indispensable para conocer el origen de las ideas republicanas modernas. Elaborada bajo la influencia jacobina desarrolla una serie de derechos entre los que destacan los siguientes:

Libertad, Igualdad y Propiedad (en el sentido de rentas, bienes y frutos del trabajo).

Abolición de la esclavitud.

La Soberanía reside en el Pueblo (no en la Nación)

Sufragio universal

Derecho de resistencia a la opresión.

Derecho de insurrección.

Instrucción al alcance de todos.

Separación de la Iglesia y el Estado.

Con este referente previo podemos abordar los antecedentes, desarrollo y contenidos de la Pepa.

Tras el Motín de Aranjuez Carlos IV tuvo que abdicar el 19 de marzo de 1808 en su hijo Fernando VII. Napoleón llamó al depuesto monarca para reunirse con él en Bayona. A finales de abril Fernando fue también llamado al mismo lugar. La insurrección del pueblo madrileño fue usada por el Emperador como presión para que éste devolviese la corona a su padre (6 de Mayo) y de él a Napoleón (20 de mayo). Esta última cesión lo fue a cambio de una cuantiosa suma de dinero y de que se tuviese en cuenta para el futuro que "nuestra sagrada religión ha de ser no solamente la dominante en España, sino también la única que ha de observarse en todos los dominios de la monarquía".

Napoleón, a su vez, pasó la corona a su hermano, el cual reinando como José I dictó para sus súbditos hispanos el 6 de julio de 1808 una Carta Otorgada denominada impropiamente Constitución de Bayona. Sus contenidos más relevantes eran:

La Religión Católica, Apostólica y Romana en España y en todas las posesiones españolas será la religión del Rey y de la Nación y no se permitirá ninguna otra.

Se crea una Cámara denominada Cortes o Junta de la Nación compuesta de 172 diputados (uno por cada 300000 habitantes) divididos en tres estamentos: nobleza, clero y pueblo.

Para ser diputado por el estamento popular se debe ser propietario de bienes raíces.

La tortura queda abolida.

La Carta de Bayona tuvo como firmantes a José I, Urquijo y Antonio Ranz Romanillos (1759-1830) que fue Consejero de Estado y Hacienda. Este personaje aparece en Cádiz con un proyecto de constitución que ofrece a los diputados como Ponencia constitucional; los diputados aceptaron y trabajaron con el citado documento.

Del texto de la Constitución de 1812 extraigo los contenidos que, a mi juicio, son los más significativos de entre los 384 que la constituían:

La Soberanía reside esencialmente en la Nación.

La Religión de la Nación Española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera. La nación la protege por leyes sabias y justas, y prohíbe el coercicio de cualquiera otra.

Son españoles los hombres libres nacidos y avecindados en los dominios de las Españas, y los hijos de estos. Entre estos había que incluir a los libertos que hubiesen adquirido la libertad en el reino.

La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.

Habrá un diputado por cada setenta mil almas.

Para ser candidato a diputado se requiere tener una renta anual proporcionada, procedente de bienes propios.

En el extraordinariamente complicado proceso electoral hay dos momentos en los que los electores y los electos deberán preceptivamente oír misa solemne de Espíritu Santo en las que el cura párroco o el eclesiástico de mayor dignidad hará un discurso propio de las circunstancias.

Las sesiones de Cortes durarían tres meses consecutivos cada año.

Los diputados eran inviolables por sus opiniones, y en ningún tiempo, ni caso, ni por ninguna autoridad podrán ser reconvenidos por ellas.

El Rey tiene el tratamiento de Majestad Católica.

El Rey tiene restringida su autoridad en 12 supuestos.

No se usará nunca del tormento ni de los apremios.

En todos los pueblos de la Monarquía se establecerán escuelas de primeras letras, en las se enseñará a los niños a leer, escribir, y contar, y el catecismo de la Religión católica, que comprenderá también una breve exposición de las obligaciones civiles.

Todos los españoles tienen libertad de escribir, imprimir, y publicar sus ideas políticas sin necesidad de licencia o aprobación alguna anterior a la publicación…

Creo que con esta breve reseña histórica podemos iniciar una reflexión acerca del sentido exacto de la Constitución de 1812 en el marco histórico en el que se desarrolló así como las constantes económicas, sociales, culturales y religiosas que han acompañado a nuestra atormentada historia.

Julio Anguita

sábado, 10 de marzo de 2012

Gallardón resucita a la Sección Femenina


La argumentación del ministro es el mayor ejemplo de rancio y recio paternalismo ibérico que nos han regalado nuestros gobernantes

PILAR GASSENT
http://www.republica.com/2012/03/07/gallardon-y-el-regreso-de-la-seccion-femenina_462067/


La argumentación del ministro Gallardón para justificar la reforma de la Ley del Aborto que prepara casi desde el minuto uno de su toma de posesión al frente de Justicia es el mayor ejemplo de rancio y recio paternalismo ibérico que nos han regalado nuestros gobernantes.

Cuando el ministro ha hablado de “violencia estructural contra las embarazadas”, me han venido a la cabeza todas las agresiones que sufren las mujeres por el simple hecho de serlo, embarazadas o no, pero más aún si lo están: marginación profesional, discriminación salarial, violencia de género, exclusión cuando no se someten a las reglas que comprimen su rol social… En fin, que el abanico de posibilidades para encontrar un motivo en el que apoyar tamaña afirmación es amplio y variado. Lo que no he sido capaz de entender es la relación existente entre los factores que siguen relegando a las mujeres a un papel secundario y oprimido y su capacidad para tomar la decisión de seguir o no adelante con un embarazo. Salvo que se quiera dar otra vuelta de tuerca y añadir un agravio más a la lista: la privación del derecho a decidir libremente.

Gallardón nos anuncia otro recorte, y no precisamente menor, en nombre de un supuesto afán proteccionista hacia las mujeres, débiles y desvalidas en el imaginario del ministro, a quienes -según se deduce de sus palabras- prácticamente se obliga a abortar cuando coinciden circunstancias que las hacen más vulnerables: estar en paro, ser menores de edad, ser inmigrantes o tener alguna discapacidad. Y encima lo dice cuando el Gobierno al que pertenece acaba de pegar un tajo con un cuchillo jamonero a los derechos de todos los trabajadores/as mediante su cuestionada reforma laboral y su efecto más dramático: el despido ‘gratis total’. Y cuando se reducen las partidas para dependencia. Y cuando algunos gobiernos autonómicos del PP -el de Castilla La Mancha que gobierna Cospedal, por ejemplo- cierran casas de acogida para mujeres maltratadas como primera medida para ahorrar en gastos. Y… En fin, todo esto es lo que han denunciado hasta la sociedad políticos/as y gentes de todo tipo y condición hasta convertir las redes sociales en un hervidero de indignación hacia el ministro de Justicia. Pero en la intervención parlamentaria de Gallardón hay más, mucho más.

“Vamos a insistir en la formación, en la información, en la prevención y en la promoción de la inserción sociolaboral de las mujeres embarazadas, y en establecer garantías para conciliar su vida laboral, personal y familiar”, ha pormenorizado el ministro. Y, entonces, me ha venido a la cabeza otra imagen que creía enterrada en lo más profundo de mi memoria: la de las esforzadas activistas de la Sección Femenina del Franquismo, que crearon toda una red de adoctrinamiento para convertir a las mujeres que caían en sus garras -que éramos todas porque el régimen no dejaba otra opción- en “buenas patriotas, buenas cristianas y buenas esposas”.

Si observan con detenimiento, se percatarán de que el lenguaje no es ni parecido, pero en el fondo late un mensaje en uno y otro caso que, con décadas de diferencia, corre en paralelo. Se da por hecho que una mujer embarazada que decide abortar es una descarriada a la que hay que reconducir a la senda correcta. No es que en el ejercicio de su libre albedrío haya tomado una decisión por los motivos que sean y que, solo faltaría, son cosa suya. Es que está confundida y desorientada y hay que poner todos los medios para sacarla de su error. La clave está en lo de la “formación” y la “información”. Porque no nos equivoquemos. Lo de la inserción sociolaboral, tal y como están las cosas, suena a voluntariado asistencial al estilo del que imponían las seguidoras de Pilar Primo de Rivera y del que pretende promocionar la alcaldesa Botella para recolocar a los parados, otros maleantes a los que hay que recuperar para una vida decente y de provecho. No andaba muy descaminada la diputada socialista que ha interpelado a Gallardón, Ángeles Álvarez, cuando le ha reprochado sus compromisos con el fundamentalismo.

Fundamentalista o no, al ministro habría que recordarle que la Sección Femenina desapareció de este país en cuanto murió el dictador y que no dejó ni rastro. Yo he tenido que escuchar su intervención en el Pleno del Congreso para recordar que un día existió. El paso atrás al que va a obligarnos con su reforma del aborto será un paréntesis que, visto con la perspectiva de los años, nadie entenderá y solo servirá para empequeñecer su talla política. Las mujeres hemos peleado demasiado para que ahora nos obliguen a retroceder sin más. Él sabrá si merece la pena con tal de tener contenta, brevemente, al ala ultra de su partido.

viernes, 2 de marzo de 2012

POR UN ESTADO LAICO: COMPROMISO ELECTORAL

Andalucía Laica propone que los partidos políticos incluyan en el debate de la campaña electoral las medidas para avanzar en un Estado Laico desde nuestra Comunidad Autónoma


POR UN ESTADO LAICO: COMPROMISO ELECTORAL

Ante los próximos procesos electorales en Andalucía el próximo 25 de marzo, desde Andalucía Laica aportamos una serie de ideas, objetivos y reivindicaciones que afectan a las diversas competencias de las administraciones públicas, para que puedan ser consideradas como compromiso electoral por aquellas fuerzas políticas, coaliciones o agrupaciones de electores que deseen compartir el objetivo de la construcción de un Estado laico y así incluyan en sus respectivos programas electorales y en el debate de la campaña, las siguientes propuestas:


…Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones…y remover los obstáculos para que la igualdad y libertad de los individuos y de los grupos sean reales y efectivas… (Relativo al Art. 9 de la Constitución española)




MEDIDAS Y PROPUESTAS CON CARÁCTER GENERAL


Para que se promueva desde el Parlamento Andaluz proposiciones a las Cortes Generales:

Derogación del Concordato de 1953 y los Acuerdos del Estado español con la Santa Sede de 1976 y 1979

Derogar la actual ley de Libertad religiosa de 1980 y promover una ley de Libertad de Conciencia, que respete y proteja, sin distinciones, ni privilegios, todo tipo de convicciones, ya sean religiosas o no: En esta línea ofrecemos una propuesta de texto articulado, presentado en marzo de 2009. (A disposición en nuestras Web: www.laicismo.org y www.europalaica.com)

La supresión de todo tipo de simbología religiosa en los actos oficiales y en los espacios de titularidad pública que dependan de la administración central del Estado.

Eliminar las capillas de cualquier espacio público dependiente del Estado central, ya sea escolar o universitario, sanitario, centro penitenciario, juzgados, etc.

La derogación como delitos, de la blasfemia o de la violación de hipotéticos sentimientos religiosos, tal y como figuran en el actual código penal.

La no subvención directa o indirecta de las confesiones religiosas y la eliminación de la recaudación religiosa a través del IRPF. Mientras tanto se exigirá a las entidades religiosas que reciban subvenciones públicas o exención de tributos, u balance anual integrado de su activo y pasivo, así como las cuentas anuales de cada ejercicio.

La no celebración de ceremonias religiosas en los actos oficiales del Estado (Tomas de posesiones, reconocimientos de méritos, rendición de honores etc.)

Que ninguna autoridad pública o funcionario participe en calidad de tal, en actos de carácter confesional.

La Ley Hipotecaria española de 1946, concede a la Iglesia católica la potestad de inscribir a su nombre en el Registro de la Propiedad bienes que no estaban inscritos a nombre de nadie. Éste es el acto conocido como “inmatriculación”, y está contemplado en el artículo 206 de la ley hipotecaria española. Exigimos la eliminación de esa potestad.

La inspección permanente por parte del Ministerio de Cultura del patrimonio histórico artístico en manos de la iglesia católica con la publicación anual junto al catalogo general de obras y bienes histórico artísticos la de aquellos que hubieran sufrido alteraciones y sus causas.

La eliminación del carácter de entidad pública de cualquier confesión religiosa siéndoles de aplicación la normativa correspondiente al derecho privado.

Los poderes públicos han de garantizar la pertenencia o no pertenecía, cuando lo desee, de una persona a una determinada confesión religiosa, sin mayor requisito que darse de baja.



La enseñanza de la doctrina religiosa de cualquier confesión quedará fuera de la escuela pública y concertada. Mientras tanto esto no se consiga, deberá quedar, en todo caso, fuera del horario lectivo.

No se subvencionará, en ningún caso, centros educativos con ideario propio ya sea carácter religioso o de otra naturaleza ideológica particular.

(Algunas de estas propuestas corresponden al poder legislativo estatal. Por ello, sugerimos la presentación de MOCIONES e INICIATIVAS en ayuntamientos y cámaras legislativas territoriales, en aquellas cuestiones que a nivel municipal o autonómico no se puedan resolver.)

Nivel autonómico:

INDEPENDENCIA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS RESPECTO A LAS CONFESIONES RELIGIOSAS

No se donará suelo público ni se concederá financiación pública o exenciones fiscales para la instalación de infraestructuras o realización de actividades confesionales a ninguna confesión o institución religiosa en la Comunidad Andaluza.

Suprimir todo tipo de simbología religiosa en los actos oficiales y en los espacios de titularidad pública que dependan de las administraciones locales y autonómica de Andalucía.

Las administraciones locales y la Junta de Andalucía no promoverán, en ningún caso, ritos ni celebraciones religiosas de ningún tipo. Asimismo, ninguna autoridad pública o funcionario participará, en calidad de tal, en actos de naturaleza religiosa.

Petición pública de explicaciones y la correspondiente crítica a través de los medios y en las instituciones a las autoridades que vulneren la laicidad del Estado.

GARANTIZAR LA LIBERTAD DE CONCIENCIA

Suprimir la obligación de declarar sobre las creencias, o sobre la ausencia de ellas, en cualquier tipo de documentación civil, escolar o administrativa.

Excluir de los centros públicos sanitarios, residencias, etc. que dependan de las administraciones locales o de la Junta de Andalucía, la presencia institucional de clérigos. Así como eliminar las capillas y los símbolos religiosos de cualquier espacio público escolar o universitario, sanitario, centro penitenciario, ayuntamientos, juzgados, oficinas públicas de las administraciones, etc.

Garantizar en toda la red sanitaria pública andaluza la atención a la Interrupción Voluntaria del Embarazo, el derecho a una Muerte Digna y las disposiciones del Testamento Vital.

Facilitar que las ceremonias civiles (Acogida, mayoría de edad, matrimonio, funerales) se celebren dignamente, dando las administraciones Local y Andaluza todas las facilidades posibles a la ciudadanía.

Incorporar referencias y conmemoraciones de carácter civil al calendario oficial, centros públicos y a los callejeros municipales, así como fechas fijas y denominación neutra a las vacaciones escolares.

ENSEÑANZA LAICA

Los poderes públicos velarán por la laicidad de las enseñanzas impartidas en los itinerarios oficiales, dentro de los centros educativos de titularidad pública y de los privados sostenidos con fondos públicos, con el fin de evitar cualquier interferencia en los objetivos educativos de convicciones particulares religiosas, filosóficas o ideológicas. Y ello afecta a la retirada de simbología religiosa, celebración de actos religiosos en los centros públicos. Dando así cumplimiento al artículo 21 de nuestro Estatuto de Andalucía: La enseñanza pública, conforme al carácter aconfesional del Estado, será laica". Algo no que actualmente no se cumple.

Los poderes públicos velarán en el ámbito escolar para que se respete la libertad de conciencia del alumnado y profesorado, así como de sus familias, para ello en cumplimiento del 16.3 de la Constitución, no se les obligará a declarar sobre ideología, religión o creencia. En particular en los procesos de escolarización y matrícula.

La enseñanza de la doctrina religiosa de cualquier confesión quedará fuera de la escuela pública y concertada. Mientras tanto esto no se consiga, deberá quedar, en todo caso, fuera del horario lectivo.

Se eliminará cualquier tipo de simbología religiosa en los centros de titularidad pública local o andaluza.

Se eliminarán capillas y cualesquiera otros lugares de culto en las Universidades.

No se subvencionará, en ningún caso, centros educativos con ideario propio ya sea carácter religioso o de otra naturaleza ideológica particular.